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La educación religiosa en Salta, en la mira de la Corte

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El amparo fue interpuesto por la Asociación Civil ADC y por un grupo de padres cuyos hijos concurren a una escuela pública de esa provincia. Piden la inconstitucionalidad de la norma que incluye en la currícula temas de religión católica. El procurador, Víctor Abramovich, solicitó el cese de la ley salteña por considerar que “lesiona la libertad de culto”

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) confirmó que mañana ocurrirá la primera audiencia informativa en el marco del amparo presentado la Asociación Civil (ADC) y un grupo de madres que pidió que se declare la inconstitucionalidad de las normas provinciales de Salta que incluyen enseñanza religiosa en el plan de estudio en sus escuelas públicas.
Por el amplio interés de la sociedad civil, la CSJN extendió a cuatro los días de audiencia pública. La agenda prevista fija la fecha de las audiencias para 16, 17, 30 y 31 de agosto.
Participarán también amigos del tribunal que se presentaron conforme la convocatoria oportunamente efectuada.

El conflicto se remonta al año 2013, cuando la Corte de Justicia de Salta declaró la constitucionalidad de la ley provincial Nº 7546 que dispuso en 2008 que la enseñanza religiosa integre los planes de estudio y que se imparta en el horario de clase, y dispone como recaudo la implementación de un programa alternativo para quienes no deseen ser instruidos en la religión católica. Además, establece que los usos religiosos -como los rezos al comienzo de las jornadas, la colocación de oraciones en los cuadernos y la bendición de la mesa- ocurran únicamente durante la clase de educación religiosa.
La organización que se opone a esta práctica recurrió a la Corte alegando que la educación religiosa en la escuela pública durante el horario escolar y como parte del plan de estudios trae aparejadas prácticas que lesionan los derechos constitucionales a la libertad de religión y de conciencia, a la igualdad, a la no discriminación y a la intimidad.
En marzo pasado, el procurador fiscal ante el Máximo Tribunal, Víctor Abramovich, consideró que la educación religiosa en las escuelas primarias de Salta es discriminatoria y lesiona la libertad de culto, y dictaminó su inconstitucionalidad después de aconsejar que se ordene su cese.
El funcionario se expidió sobre el tema al emitir un dictamen en el amparo que había iniciado el grupo de madres en 2010, y ahora finalmente la Corte Suprema convocó a la audiencia pública para luego decidir el caso.
Cabe recordar que, además de Salta, hay otros distritos que tienen esta particularidad normativa y legislativa, como Tucumán y Catamarca. En esta última provincia la educación confesional dejó de ser “informalmente” obligatoria por reclamos judiciales similares a los de Salta.
En el resto del país, la enseñanza en las escuelas del Estado es laica o bien ofrece la posibilidad de instrucción confesional optativa, fuera de horario de clases e impartida por ministros religiosos autorizados.

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