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La doctrina “Campillay” zanjó una disputa originada en CQC

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La Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de una demanda contra la productora Cuatro Cabezas SA por la emisión del segmento denominado “Proteste ya”, en el cual tres personas denunciaron a una empresa que se dedicaba a la fabricación y venta al público de viviendas premoldeadas.

La causa se inició por la demanda de los dueños de una firma, quienes reclamaron los daños y perjuicios a raíz de la emisión del segmento denominado “Proteste ya”, incluido en el programa de televisión Caiga Quien Caiga (CQC), producido y transmitido por la productora Cuatro Cabezas.
Los actores relataron que constituyen una empresa familiar que se dedicaba a la fabricación y venta al público de viviendas premoldeadas y/o industrializadas.

El juez de primera instancia aplicó la doctrina “Campillay” y rechazó la demanda. Los actores apelaron el fallo de grado en los autos “B.A.N. y otros c/Eyeworks Cuatro Cabezas SA y otros s/ daños y perjuicios”.
La Cámara confirmó la aplicación de dicha doctrina en el caso, al entender que “las manifestaciones identificadas como injuriosas no provienen del periodista sino de los invitados, identificándose de este modo la fuente de la cual proviene la información que intentan brindar”.

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