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La Corte ratificó doctrina del caso “Hermitage”

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El Máximo Tribunal reiteró que “no debe demostrarse la imposibilidad de que los activos generen la renta presumida por la ley, sino que ésta no existió”.

En una causa iniciada por el Diario Perfil SA, que en instancias anteriores pidió sin éxito que se lo eximiera del pago del impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (IGMP), la Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló la postura de la actora y ratificó y precisó el criterio que sostuvo en autos «Hermitage», en 2010.

Así, reiteró que si se acredita efectivamente la existencia de pérdidas o quebrantos, es razonable eximir del pago a los obligados.

En su momento, Perfi pretendió que se le restituyera lo que pagó en concepto de anticipos del IGMP en el ejercicio fiscal 1999. La empresa acreditó que tuvo pérdidas en sus estados contables correspondientes al lapso 1998- 1999. Además, mostró quebrantos en su declaración jurada del impuesto a las Ganancias.

En las instancias inferiores no se hizo lugar al reclamo.

La Cámara de Apelaciones estimó que debió haber demostrado que sus activos eran insuficientes para generar ganancias y no que tenía quebrantos.
«Una cosa es probar que no se tuvo ganancias y otra que los activos sujetos al gravamen no tenían capacidad de generarlas», expresó la Alzada. Perfil recurrió entonces a la Corte Suprema, que revocó la decisión anterior y ordenó que se dictara un nuevo fallo.

Activos
Con nuevos jueces, la cámara volvió a rechazar el reclamo de Perfil con el argumento de que sus estados contables no probaban que sus activos fueran incapaces de producir renta.

Además, sostuvo que la presunción legal según la cual los activos generan ganancias sujetas a impuesto no era irrazonable ni violaba principios legales.

La compañía volvió a apelar, con el argumento de que, otra vez, el Tribunal de apelaciones ingnoró lo decidido por la Corte y no aplicó los estándares que fijó en el caso “Hermitage”.

La cámara rechazó el planteo con el argumento de que la cantidad de renglones en el escrito excedía el máximo autorizado. Tras ello, Perfil apeló directamente ante la Corte Suprema.

Ésta enfatizó que los fundamentos de la inferior no eran válidos, por lo que permitió a la editorial volver a plantear su apelación.

La Alzada volvió a rechazarla y Perfil acudió en queja ante la Corte.

Al resolver, el Alto Cuerpo dejó en claro que la cámara, a pesar de sostener que sigue sus precedentes, se apartó ostensiblemente de ellos.

Así, insistió en la doctrina que estableció en “Hermitage”, en el sentido de que “no debe demostrarse la imposibilidad de que los activos generen la renta presumida por la ley, sino que la renta no existió».

En el proceso, la empresa ya había acreditado la falta de ganancias.

Sobre la base de esa constancia, la Corte, considerando el largo tiempo transcurrido desde el inicio del juicio, decidió resolver sobre el fondo del asunto y concluyó que las pruebas aportadas por Perfil eran suficientes para acreditar lo exigido en la causa “Hermitage”; es decir, que la renta presumida por la ley lisa y llanamente no había existido.

En consecuencia, ordenó la devolución de lo pagado por la empresa y puso fin a la cuestión.

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