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La Corte le otorgó validez probatoria a escucha en el marco de la causa Skanska

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En el registro telefónico, un ex gerente de la multinacional reconoce pagos de coimas. Fue declarado nulo en 2011 pero cinco años después la Casación Penal revirtió la medida. Ahora, el Máximo Tribunal confirmó que puede ser usada en el proceso

Al rechazar un recurso del ex gerente Comercial de Skanka -multinacional sueca-, Javier Azcárate, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) le otorgó validez probatoria a una grabación telefónica sobre el presunto pago de sobornos a funcionarios del gobierno del ex presidente Néstor Kirchner por esa empresa, para obtener contratos para la construcción de gasoductos.
Se trata de una conversación registrada por un síndico de la empresa en la que Azcárate admite que se abonaron coimas a cambio de la adjudicación de las obras. Según se sospecha, las maniobras se habrían concretado mediante un sistema de facturación apócrifa.
La causa llegó ante la CSJN por el recurso presentado por los abogados de Azcárate en contra de la validez de la escucha realizada por el auditor interno de Skanska, Claudio Corizzo, el otro protagonista de la charla.
El tribunal consideró que el recurso extraordinario presentado por la defensa de Azcárate no cumplió con el requisito de fundamentación autónoma ni refutó los fundamentos de la resolución apelada.

El fallo cuestionado sin éxito por  Azcárate fue dictado a mediados del año pasado por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, que a instancias de la propia Corte dispuso reabrir la causa.
La conversación telefónica entre Corizzo y Azcárate se habría registrado en 2006, luego de que la sede de la empresa en Buenos Aires fue allanada por disposición del entonces juez federal Guillermo Montenegro.
El magistrado convocó a indagatoria al ex titular del Enargas, Fulvio Madaro, y al ex gerente de Fideicomisos del estatal Banco Nación, Néstor Ulloa.
El ex juez Norberto Oyarbide, quien intervino en la causa, procesó al entonces secretario de Energía de la Nación, Daniel Cameron, a Madaro y a Ulloa, quienes luego fueron sobreseídos.
En 2011, la Sala I de la Cámara Federal, con el voto de los jueces Eduardo Freiler, Jorge Ballestero y Eduardo Farah, anuló la prueba alegando que no podía usarse porque se trató de una grabación clandestina en la que Azcárate se autoincriminaba.
También descartó sobreprecios y coimas.
La Alzada argumentó que hubo una “decisión política” de hacer las obras frente a la crisis energética y la necesidad de suministro de gas en el invierno del 2005 y, pericia mediante, consideró justificados los presupuestos que pasaron las empresas contratistas (Skanska, TBU, Techint y Odebrecht), pese a que superaban a los proyectados por las gerenciadoras.
“Aun con el desfase entre la inicial proyección de costos y el precio final, la irrazonabilidad predicada por Oyarbide es tan sólo producto de una argumentación circular y autoconfirmatoria”, plasmó.
Según Freiler, Ballestero y Farah, el juez “construyó” la teoría de las coimas en un “plano especulativo”, cuando “se vio frente a una vía muerta al intentar avanzar en la ruta del dinero que salió de Skanska”.
Si bien la escucha fue declarada nula, en diciembre de 2015 la Corte, por pedido de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA), a cargo por ese entonces de Manuel Garrido, dispuso que se revisara la decisión. Luego, la Casación la declaró válida.

Defensa
La defensa del ex gerente Comercial de Skanska dijo que el diálogo telefónico en el que Azcárate hablaba de facturas falsas y de cómo se repartieron las multimillonarias coimas, fue fruto de un “engaño” y la calificó como una grabación “parajudicial” porque no fue ordenada por ningún magistrado.
No obstante, el máximo tribunal en lo penal del pais, por mayoría, aclaró que “las grabaciones, al igual que cualquier otra prueba producida por particulares, no pueden considerarse genéricamente ilegítimas o inadmisibles”.
Y expresó: “Azcárate le contó a Corizzo lo que había sucedido sin presiones de ningún tipo, conociendo las consecuencias de sus dichos, pues su relato estaba dirigido a quien la empresa había dado la función de averiguar lo ocurrido”.
En la misma dirección, precisó que la declaración no fue realizada de forma subrepticia y que, por ello, el contenido de las expresiones no se obtuvo de manera fraudulenta.
En disidencia, la camarista Ángela Ledesma sostuvo que el análisis de la grabación como prueba les correspondía a los jueces que tuvieron la causa (Montenegro y Oyarbide) y subrayó que ninguno la utilizó.

Con un micrófono oculto, Claudio Corizzo, ex síndico de la multinacional sueca, registró en 2006 a Javier Azcárate, uno de los gerentes, deciendo: “Es un negocio de cien millones de dólares, de parte nuestra, más lo de ellos. Yo no sé, 200 millones de palos verdes. ¿Y vos le vas a tirar el negocio abajo al tipo que hizo todo el tromping (sic) y al muchacho, al ‘pingüino’ de acá a dos cuadras?”

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