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Hubo dictamen y el pliego de Carlés se debatirá en 15 días en el Senado

Reunión. La audiencia comenzó a las 10 de la mañana en la Comisión de Acuerdos del Senado.
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El abogado negó que sea un candidato sumiso al poder y dijo que son falsas las acusaciones de militancia. Opinó que los jueces deben pagar Ganancias, elogió la actual Corte Suprema de Justicia y bregó porque este tribunal sea más ágil.

El oficialismo logró emitir ayer dictamen favorable al pliego propuesto por el Poder Ejecutivo para que el abogado Roberto Carlés integre la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), luego de una audiencia pública en la que el nominado defendió su postulación y criticó a quienes buscan “construir una imagen de un candidato adicto o sumiso al poder del gobierno saliente”. Así las cosas, el pliego de Carlés será ahora debatido en la sesión del Senado del 15 de abril, cuando deberá contar con dos tercios de los votos. La oposición ya adelantó que no prestará su aval, por lo que el oficialismo tiene una tarea difícil para lograr la aprobación.

Al defender ante la Comisión de Acuerdos de la Cámara Alta su pliego, Carlés aseguró ante los senadores que en los dos meses que han transcurrido desde su postulación no se han hecho públicas en ningún medio “las críticas a funcionarios del Gobierno nacional que ha formulado y que -dijo- no han sido pocas”.

Respecto a declaraciones que le endilgaron haber efectuado a través de las redes sociales antes de ser nominado, Carlés negó haberlas hecho, afirmó que ha realizado “críticas a funcionarios y a políticas de distintos gobiernos” y que “hay gente que se dedica a fraguar” dichos en esos medios de comunicación.

Ratificó su independencia respecto de otros poderes del Estado, dijo que “son falsas” sus supuestas militancias en agrupaciones políticas o judiciales y que sólo ha militado, a los 18 años, en la UCR y, tiempo más tarde, en el ARI de Elisa Carrió.

Acerca de supuestas incongruencias denunciadas en su curriculum vitae por varios de los impugnantes, Carlés aclaró que no fue abogado litigante en ningún país extranjero pero sí ejerció “como jurista en tareas de investigación” mientras realizaba dos doctorados.

En otro orden, consideró que los jueces, “como cualquier ciudadano”, deben pagar el impuesto a las Ganancias ya que se trata de “una acordada de 1996” y porque, de lo contrario, “sería lo mismo que admitir que no paguen la luz, el agua o el gas”.

También explicó que “es necesario diferenciar la situación de los jueces y funcionarios respecto de los empleados del Poder Judicial. Esta acordada ya tiene 19 años, y lo que deberían haber pagado hoy forma parte de su salario”, por lo que “obligarlos a pagar de un día para el otro sera injusto”, así que “por lo menos para los empleados debería verse con los sindicatos el mecanismo para el pago”.

Afirmó, por otra parte, que “habría que facilitar el funcionamiento interno” del Máximo Tribunal y “hacerlo mucho más ágil”, y se mostró contrario a la posibilidad de “atenuar el ingreso de causas” y ejemplificó en ese sentido mecanismos como la fijación de plazos para la circulación de los expedientes, y fijar una audiencia anual pública mediante la cual se determinen qué casos deben resolverse en el curso del año.

Carlés confirmó además en la audiencia que presta servicios para el Senado como asesor jurídico en el sector de Obras y Servicios Generales desde enero de 2012.

Las impugnaciones
Desde que fue propuesto para el cargo vacante, Carlés recibió un amplio respaldo: 117 instituciones y 843 particulares se expresaron espontáneamente a favor de su designación; mientras que 25 instituciones y 153 particulares lo hicieron en contra.

Entre las impugnaciones figura la emitida por la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), que consideró en una nota “que el postulante, sin perjuicio de los títulos académicos que exhibe, no reúne mínimamente la experiencia que deviene imprescindible tanto para ocupar el cargo de Ministro de la Corte como para el desempeño de algún cargo dentro del Poder Judicial”.

La Asociación de Derechos Civiles (ADC) fue más allá y, teniendo como referencia el Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la designación de magistrados del Poder Judicial de la Nación – aunque reconoció que éste no es aplicable a la designación de los miembros de la Corte-, concluyó que sus antecedentes “no logran satisfacer los requisitos mínimos requeridos para ocupar el cargo de Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

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