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“El SPC está muy atrasado en materia de derechos humanos”

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La funcionaria judicial se refirió al hábeas corpus que presentó, que permitirá que los familiares de presos federales de Córdoba no sean sometidos a requisas “profundas”.

El Servicio Penitenciario de Córdoba (SPC) deberá aggionarse y, al menos en lo que a presos federales se refiere, tendrá que abstenerse de realizar requisas íntimas a los familiares de los detenidos en todas las cárceles de la provincia de Córdoba.

La resolución fue dispuesta días atrás por el recientemente designado juez federal Nº 3 de Córdoba, Miguel Hugo Vaca Narvaja, quien declaró la inconstitucionalidad de estas prácticas, a raíz de un hábeas corpus correctivo que había sido planteado hacía más de un año por la defensora pública oficial María Mercedes Crespi.

Esta joven funcionaria judicial, preocupada por los detenidos de Córdoba, en numerosas ocasiones había reclamado por la defensa de los derechos de los internos. Hace algunos meses nada más reclamó por las condiciones infrahumanas en el traslado de los detenidos desde las cárceles hasta los tribunales federales.

El fallo de Vaca Narvaja fue recibido con profunda alegría por Crespi quien, no obstante, adelantó a Comercio y Justicia que irá por más. Es que, según plantea, el fin de las requisas íntimas también debe alcanzar a los familiares de los detenidos de la provincia.

– ¿Fue una sorpresa esta resolución?
– La verdad que sí y me da mucha alegría. Este hábeas corpus fue planteado hace más de un año y no pasaba nada hasta que llegó este juez y por suerte le dio impulso. Sin embargo, si bien estoy de acuerdo con el fondo de lo resuelto, no estoy de acuerdo con que se aplique sólo a los presos federales; esa parte voy a apelarla.

-¿Cómo cree que se instrumentará este fallo puertas adentro de la cárcel?
– Y… la instrumentación es lo complicado, hay que pensar cómo controlar para que el hábeas corpus se cumpla. Es fundamental pensar en la instancia de ejecución porque si no estas cosas terminan siendo declaraciones judiciales muy lindas y después en la práctica no son efectivas. El fallo es muy reciente y justamente ahora hay que pensar en esta otra parte.

– El juez pide al Servicio Penitenciario que estas requisas humillantes sean reemplazadas por tecnología adecuada. ¿Por qué cree que no se adquirió esta tecnología, si está disponible?
– El SPC está muy atrasado en lo que se refiere a respeto por los derechos humanos. Si uno lo compara con el Servicio Penitenciario Federal –que también está lejos de ser el ideal– el de Córdoba está muy debajo de la media. Por otra parte, hay una manifiesta desidia de los organismos jurisdiccionales para evitar estas situaciones.

– ¿Esta desidia quedó plasmada en el tiempo que se demoró la Justicia en resolver el hábeas corpus, por ejemplo?
– Y claro, yo hice el planteo hace más de un año, presentaba un escrito una vez por semana, y nada. Es sabido que un hábeas corpus colectivo demora más tiempo en resolverse pero, en este caso, los tiempos fueron excesivos completamente.

Algunos de los fundamentos del juez Miguel Hugo Vaca Narvaja
“La modalidad adoptada por el Servicio Penitenciario de Córdoba para la requisa sobre visitantes supone una intensa afectación del pudor y la dignidad personal de las personas sobre las que recae. No cabe duda de que someter a una persona a este tipo de requisas afecta su honor, dignidad y autoestima, y la compele a no repetir esta faena humillante, esta experiencia denigratoria a manos del Estado, del Servicio Penitenciario, por lo que en definitiva, se la impulsa, se la compele, de manera indirecta, a no volver a visitar al interno, afectando el derecho de éste a recibir una visita y mantener de alguna manera un contacto con la realidad exterior. De este modo se agrava, reitero, de manera indirecta, la condición del detenido, por la humillación sufrida por la visita”.

Resolución completa haciendo clic aquí

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