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El Gobierno no quiere que Elena Highton de Nolasco siga en la Corte

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El Gobierno se opuso que a la ministro de la Corte Suprema Elena Highton de Nolasco continúe en su cargo después de los 75 años, la edad que cumple en diciembre y es el límite que pone la Constitución Nacional a los magistrados.
A fines del año pasado la vocal presentó un amparo en el que pidió la nulidad del artículo. “Debido a mi cargo y función como magistrado del supremo tribunal de la Nación Argentina, gozo de estabilidad vitalicia que el artículo 110 de la Constitución Nacional asegura, sin limitación alguna, a los jueces de la Corte y de los tribunales inferiores”, sostuvo.
Highton de Nolasco alegó dos motivos para continuar: que la propia Carta Magna establece que los jueces conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta y, además, que la Convención Constituyente que la reformó no estaba habilitada para tratar el límite de la edad para ejercer el cargo de magistrado, porque ese tema no formó parte del “núcleo de coincidencias básicas” que aprobó el Congreso Nacional al convocarla.
Para avalar su postura, señaló que en 1999 la propia Corte falló a favor del entonces juez Carlos Fayt –fallecido en noviembre pasado, quien tenía entonces 81 años- y que en ese decisorio sostuvo que el límite de edad era nulo porque no formó parte del temario de la convención.
Sin embargo, al contestar el planteo, el Ministerio de Justicia sostuvo que la vocal juró en 2004 bajo el mismo artículo de la Constitución Nacional que ahora objeta, “sin reparos ni reservas”.
El caso está a cargo del juez en lo Contencioso-administrativo federal Enrique Lavié Pico, quien deberá resolver si acepta o rechaza el amparo de Highton.
La reforma de 1994 a la Constitución Nacional fijó en el inciso 4 del artículo 99 que cuando un juez cumpla 75 años para mantener el cargo será necesaria una propuesta del Gobierno ante el Senado y la aprobación de la Cámara Baja. También determina que el nuevo nombramiento será por cinco años y que ese trámite se podrá repetir indefinidamente.
A juzgar por la respuesta del Poder Ejecutivo al amparo de la magistrada, no está en los planes de la Administración de Mauricio Macri volver a proponerla.
Con la representación de los abogados Martín Bataller y Marcos Giangrasso, uno de los argumentos del Gobierno para rechazar la postura de Highton de Nolasco es que no hizo ningún planteo administrativo para tener un nuevo acuerdo por cinco años.
“La garantía de inamovilidad de los jueces no se encuentra afectada por la reforma constitucional de 1994, en tanto la limitación del carácter vitalicio del cargo –una vez que los magistrados alcancen la edad de 75 años- no importaría una restricción de aquella garantía”, argumentaron los letrados.
Además, puso como ejemplo que el límite de edad para los jueces está en las constituciones de países como Bolivia, Colombia, Costa Rica, Chile, México y Paraguay.
Ahora el caso deberá ser resuelto por Lavié Pico y llegará a la propia Corte, que ya tiene un expediente similar bajo análisis. Se trata del amparo colectivo que inició el juez de la Cámara Federal de La Plata Leopoldo Schiffrin.

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