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Diputado tendrá que pagar 35 mil pesos por planteo en la Corte

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) rechazó tener por exento el pago del depósito previsto para el recurso de queja ante el Máximo Tribunal por un planteo de inconstitucionalidad de un decreto reglamentario de la Ley de Presupuesto 2017 para la Provincia de Salta.
El tribunal, con votos de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, rechazó un planteo de revocatoria efectuado por el diputado salteño Carlos Zapata contra una resolución, en la causa “Zapata, Carlos y Otros s/ acción popular de inconstitucionalidad”, en la que se lo intimó a efectuar el depósito previsto en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que lo obliga a pagar $35.000 para presentar una queja ante la CSJN.
Zapata pidió que se revocara esa resolución con el argumento de que se trata de una presentación efectuada ante el Poder Judicial en ejercicio de un derecho político conferido por el artículo 92 de la Constitución de la Provincia de Salta, y que como tal encuadraba en la exención del pago de tasa de justicia establecida en el artículo 13, inciso c, de la ley 23898 de tasas judiciales.
Luego de recordar que el encuadre de la situación en esa normativa “debe ser expresa e interpretada con carácter restrictivo” por configurar “excepciones a la regla general”, la Corte concluyó que “las particulares características de la acción intentada en autos no permiten su automático encuadre en el supuesto legal”, con “independencia de la naturaleza del derecho sustancial que por su intermedio se pretende hacer valer en el caso concreto”.
Entendió, en definitiva, que la acción entablada, que tenía por objeto que se declarara la inconstitucionalidad de un decreto del Poder Ejecutivo provincial dictado en materia presupuestaria, no puede ser considerada ejercicio de un derecho político en los términos del referido artículo 13, inciso c, de la ley de tasas”.

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