viernes 19, abril 2024
El tiempo - Tutiempo.net
viernes 19, abril 2024

Dan curso al pedido de alimentos de la ex cónyuge

ESCUCHAR

El juez tuvo en cuenta que la actora padece una enfermedad grave y preexistente al divorcio. Además, aclaró que la prestación no apunta a mantener el nivel económico que tuvo la mujer
durante la convivencia sino a subsanar un estado de vulnerabilidad

El Juzgado Nacional en lo Civil Número 92 hizo lugar al pedido de una mujer que le reclamó a su ex esposo una cuota alimentaria y la fijó en $ 6.000 al mes. Ademas, le ordenó al demandado que siga pagando la cobertura de la obra social prepaga de la actora.
El tribunal tuvo en cuenta que la demandante padece una enfermedad grave, preexistente al divorcio, y recordó que los alimentos entre cónyuges constituyen “una situación verdaderamente excepcional» y que sólo se conceden en los casos “taxativamente mencionados en la ley o bien cuando así lo han convenido los cónyuges”.
A su turno, la accionante manifestó que no puede trabajar y proveerse los medios para autosustentarse a causa de un complejo problema de salud.
Después de analizar el caso, el juez señaló que el artículo 432 del Código Civil (CC) consagra la “obligación alimentaria derivada del matrimonio, y establece como regla o principio general que éste deber rige durante la convivencia y la separación de hecho” y que, decretado el divorcio, la norma establece que sólo subsiste en supuestos definidos.
Además, el sentenciate destacó que los alimentos que prevé el inciso b del artículo 434 del CC no apuntan a mantener el nivel económico que tuvo quien los solicita durante la convivencia sino a subsanar el estado de objetiva y manifiesta vulnerabilidad de alguno de los esposos.
Así, indicó que la suma que fijó a cargo del demandado se limita a lo necesario para que la actora cubra sus necesidades de salud y subsistencia.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Columna de JusCom

Los desafíos de la comunicación judicial en tiempos turbulentos Por Marcelo Baez (*) El viernes 26 de enero el diario Ámbito Financiero...

Leé también

Más populares

Sin contenido disponible

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?