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Córdoba tendrá su ley de restitución de menores

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Será la primera provincia que contará con una legislación que regule el procedimiento. La idea es brindar celeridad al trámite, garantizando el interés superior del niño en casos con instancias internacionales. La iniciativa será aprobada tres años después de haber ingresado en la Legislatura

Por Silvina Bazterrechea – [email protected]

El próximo miércoles la Legislatura Unicameral cordobesa aprobará un proyecto de ley de procedimiento para la aplicación de los convenios sobre restitución internacional de niños, niñas y adolescentes. La normativa se transforma en la primera en el país y es muy importante, teniendo en cuenta que los procesos de restitución de menores son  moneda corriente y la laguna normativa y el desconocimiento de muchos operadores judiciales hace que las resoluciones  se demoren, lo que afecta seriamente a los menores objetos de litigio.
La iniciativa fue presentada en la Unicameral en el año 2013 por Graciela Tagle de Ferreyra, jueza de enlace y miembro de la red Internacional de jueces de La Haya, pero nunca llegó a ser tratada en el recinto. Otro proyecto similar llegó al Congreso Nacional, también sin éxito. Tres años después, el ministerio de Justicia y Derechos Humanos que preside Luis Angulo recogió la propuesta y consensuó un proyecto para regular el procedimiento en caso de sustracción internacional de menores.
Se fijan procedimientos más expeditivos  y se procura prevenir el significativo incremento que viene teniendo en los últimos tiempos la situación de traslados irregulares o ilícitos de niños de un Estado nacional a otro (ver aparte).

El texto al que accedió Comercio y Justicia contiene 20 artículos que incluyen varias novedades; entre ellas, la obligación de escuchar la opinión de los niños durante el proceso y la determinación en detalle de cada paso procesal que debe darse en cada instancia. Esto último, con el fin de reducir la duración de los trámites para la restitución.
El procedimiento debe garantizar celeridad, inmediación, oficiosidad, economía procesal, restricción del marco probatorio y limitación recursiva en procura de salvaguardar los derechos de los niños, niñas y adolescentes y evitar en ellos daños emocionales que en muchas ocasiones pueden ser irreversibles.
Cabe destacar que el objetivo del trámite es asegurar la pronta restitución de menores que indebidamente se encuentren fuera del país de su residencia habitual y en el territorio de otro Estado. Comprende los casos de menores que salieron de un país en forma ilícita con uno de sus progenitores y también quienes, habiendo salido lícitamente, no regresan al país de su residencia habitual en los plazos estipulados, configurándose así la ilicitud de la retención.
En este marco, la restitución internacional de menores debe implementarse con el carácter de proceso autónomo, sumario y provisorio porque no se discute la cuestión de fondo atinente a la custodia, siendo ésta materia de competencia de la autoridad judicial de la residencia habitual del niño, niña o adolescente.
La comisión encargada de elaborar el proyecto de ley estuvo integrada por la ex jueza provincial Tagle de Ferreyra; representantes del Tribunal Superior de Justicia y del Colegio de Abogados, quienes trabajaron bajo la coordinación de la secretaria de Justicia provincial, Laura Echenique.

Convenciones internacionales
Existen diversas convenciones internacionales que se ocupan de las restituciones de niños que fueron trasladados de manera ilegal a otro país, entre ellas el Convenio de La Haya de 1980, aprobado en el país por la ley 23857, sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores y la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores de 1989, que Argentina incorporó a su derecho interno por Ley 25358, siendo de competencia provincial su ley de procedimiento.
Establece este convenio de La Haya que -presentada la demanda ante el juez- el trámite debe ventilarse y resolverse dentro de las seis semanas. En Argentina hoy los jueces resuelven en aproximadamente 52 semanas  (un año) o más, según las últimas estadísticas oficiales de la Autoridad Central de la República Argentina.

Dos casos de trascendencia nacional

El caso de María Belén Francesconi fue tapa de todos los diarios cuando se conoció la historia de su hijo, quien deberá regresar a Estados Unidos a vivir con su padre tras siete años de litigio. Como la madre tiene una orden de arresto, el pequeño de ocho años deberá regresar a ese país acompañado por agentes del FBI. La medida está todavía pendiente de ejecución. Sin embargo, el drama de Francesconi no es el único en nuestro país. Ana Allianeli  fue otro de los casos resonantes que tomó trascedencia nacional. Después de varios años de disputa debió restituir a sus hijas de seis y ocho años al padre de éstas -quien vive en Estados Unidos- con quien apenas había tenían contacto. La mujer terminó mudándose a Estados Unidos para luchar por la tenencias de las niñas.

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