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Confirman que se violó el derecho de defensa en un amparo colectivo

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El Máximo Tribunal le dio la razón a la empresa Aguas Bonaerenses SA y puntualizó que los magistrados de las instancias anteriores no aplicaron las reglas del artículo 43 de la Constitución Nacional, cuyas características principales y modalidades fueron enunciadas en el caso “Halabi” y mantenidas consistentemente en otros precedentes.

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