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Comienza a debatirse la reforma de la ley del Ministerio Público Fiscal

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La propuesta del presidente provisional de la Cámara Alta lleva las firmas del radical Ángel Rozas y de los peronistas Miguel  Pichetto y Rodolfo Urtubey. Elimina el carácter vitalicio del cargo y autoriza al Poder Ejecutivo a remover por decreto al  procurador. También contempla cláusulas transitorias. Se destaca la referida a traslados de agentes

Horas después de que la procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, presentó su renuncia -que fue aceptada el lunes- el Gobierno confirmó que avanzaría con la reforma de la ley que rige al Ministerio Público Fiscal (27149).
El presidente provisional del Senado y autor del proyecto, Federico Pinedo, aseguró que el cambio normativo “será sancionado antes de fin de año”.
La propuesta -que lleva las firmas del radical Ángel Rozas y de los peronistas Miguel Pichetto y Rodolfo Urtubey- comenzará a discutirse hoy en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, que preside el senador entrerriano Pedro Guastavino.
El articulado limita a cinco años el mandato del procurador (con posibilidad de reelección solo por dos años y por única vez) y habilita a quien ejerza la Presidencia de la Nación a remover por decreto al funcionario .
De esa manera, elimina el carácter vitalicio del cargo.
Entre las causales para remover al jefe de los fiscales figuran el mal desempeño y la perpetración de crímenes comunes o delitos en el ejercicio de sus funciones.

Mecanismo
El mecanismo de remoción que se evaluará es más flexible, ya que plantea que el futuro procurador podrá ser relevado por iniciativa fundada del Poder Ejecutivo o de cualquier legislador de la Cámara de Diputados, que deberá aprobarla por mayoría absoluta de sus miembros presentes. En ambos casos se requiere el acuerdo del Senado por la mayoría absoluta de sus miembros, previa participación del interesado.
En ese punto, el proyecto se ajusta al reciente fallo del juez en lo Contencioso-administrativo Pablo Cayssials, quien consideró inconstitucional el artículo 76 de la actual ley de Ministerio Público, sancionada durante el kirchnerismo, que equipara al procurador General con los jueces de la Corte Suprema.
La iniciativa también disuelve las procuradurías especiales creadas por la ley original, como la de Violencia Institucional o la de Narcocriminalidad, y establece que el procurador General podrá disponer por resolución la creación de áreas específicas sólo “cuando la política de persecución penal pública o el interés general de la sociedad así lo requieran”.

Paralelamente, contempla tres cláusulas transitorias.
En primer lugar, dispone que los fiscales que hayan sido trasladados a una jurisdicción distinta a la que recibieron -sin haber ejercido efectivamente los cargos para los que concursaron- los asuman en un plazo máximo de 30 días bajo apercibimiento de remoción.
Cabe recordar que el tema de los traslados irregulares fue citado en todos los pedidos de juicio político presentados en contra de Gils Carbó, al igual que la modificación que impulsó en lo referido a la designación de los jurados que definían los nombramientos, que pasó a ser una de sus atribuciones.
La segunda cláusula transitoria de la iniciativa dispone que, salvo situaciones de fundada necesidad, se dejarán sin efecto las designaciones de abogados de la matrícula y de funcionarios para actuar como subrogantes.
La tercera deja sin efecto las designaciones de funcionarios efectuadas en las estructuras centrales de la Procuración General y la Defensoría General de la Nación que no respetaron el sistema de concursos que Gils Carbó modificó.
La iniciativa propone, además, mejorar la transparencia de los procesos de selección: se unifica el plazo del llamado a concurso (60 días de producida la vacante) y se dispone un régimen de examen oral y público, sobre temas elegidos por sorteo previo, el que se registrará en soporte de imagen y video para su difusión pública.

Enero
Gils Carbó continuará encabezando la Procuración General de la Nación hasta el 31 de diciembre, pero el Gobierno ya comenzó a evaluar una lista de candidatos para reemplazarla.
El ministro de Justicia, Germán Garavano, declaró que el nombre se conocerá “probablemente en enero”.
En cuanto al perfil del posible candidato, estimó que deberá ser una persona que “genere consenso” y que “lidere la lucha contra la corrupción y el delito”, así como el “proceso de transformación de la Justicia penal”.
Antes de tratarse en el recinto, la sugerencia del Presidente debe pasar por la Comisión de Acuerdos, en la cual el candidato deberá presentarse en una audiencia pública para responder a preguntas. Luego, se abre un período para plantear impugnaciones.

Mayorías

– Entre otros cambios, el proyecto establece que el procurador será designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado por “mayoría absoluta de sus miembros”, eliminando el requisito de los dos tercios.
– Así, alcanzará con la mitad más uno de los senadores; es decir, 37 votos.

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