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Alegan inconvenientes de infraestructura para aplicar la nueva ley de flagrancia

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La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, en pleno, puso de manifiesto inquietudes. El tribunal opinó que la aplicación del nuevo régimen en las actuales condiciones puede terminar “constituyendo un obstáculo para continuar operando adecuadamente con el resto del sistema”

A principios de septiembre, la Cámara Alta aprobó la ley de flagrancia (Nº 27272), que establece un proceso penal más veloz para las personas que sean sorprendidas cometiendo un delito.
La norma, considerada “una herramienta clave” para agilizar procesos y aliviar la Justicia, introdujo cambios en el Código Procesal Penal de la Nación (CPPN).
Según el mecanismo fijado por la legislación que promovió el Poder Ejecutivo, los detenidos por ilícitos con penas menores de 15 años deben ser llevados ante el juez para participar de una audiencia oral inicial de flagrancia, que deberá realizarse dentro de las 24 horas desde la captura.
Ahora, la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, en pleno, emitió la resolución administrativa número 16/2016, mediante la cual puso de manifiesto una serie de “inquietudes y problemas” sobre la futura implementación de la norma.
Cabe recordar que, recientemente, el Ministerio de Justicia comunicó que la publicación de la ley en el Boletín Oficial se demoró por unos días para poder hacer los ajustes reclamados por la Justicia.
La Cámara destacó que para que el avance que se pretende tenga eco en la práctica se requiere adecuar ciertos aspectos estructurales que no están “suficientemente preparados” para satisfacer las demandas que el nuevo sistema genera.
Uno de los aspectos que cuestionó es la falta de recursos técnicos, electrónicos y de infraestructura en los tribunales.
En ese sentido, subrayó que debe asegurarse un escenario que permita darles pleno efecto a los objetivos de la regulación y asegurar plenamente los derechos y garantías de las personas sometidas a proceso penal, como exige la Constitución Nacional.
El tribunal opinó que la aplicación del nuevo régimen en las actuales condiciones puede terminar “constituyendo un obstáculo insalvable para continuar operando adecuadamente con el resto del sistema”.

Medios
Así, subrayó que una implementación «desprovista de los medios necesarios” implica un “serio riesgo”, en especial para todo lo relativo al alojamiento de los detenidos, que deberán ser trasladados hasta los tribunales y retenidos allí, a la espera de las audiencias previstas.
En esa línea, precisó que en virtud de la ley de flagrancia todas esas personas tendrían que ser trasladadas a comparecer ante los magistrados en 24 horas, prorrogables por un término igual, e hizo un cálculo de una cantidad (aproximada) de 33 detenidos por día y unas 230 audiencias semanales, en las cuales, además, deberán presentarse los fiscales, los defensores y, eventualmente, las víctimas.
La Cámara advirtió de que hay un «déficit en la dotación de personal» en los juzgados y dependencias, indicando que el problema abarca tanto la cantidad de funcionarios que auxilian a los jueces como las vacancias para cargos de magistrados que existen en el fuero.

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