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Rentas: 10 mil embarcaciones debutan con nuevo impuesto

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Deberán pagar dos por ciento de la base imponible, próxima al valor de mercado del objeto. La mayoría fue empadronada de oficio y sólo 2.149 se inscribieron de manera voluntaria. La obligación tendrá un primer vencimiento el próximo 10 de julio y podrá cancelarse en tres cuotas. La Caminera también controlará

Un total de 9.963 embarcaciones comenzarán a tributar desde el próximo 10 de julio un nuevo impuesto a cargo de la Dirección de Rentas que se sumará al amplio menú de obligaciones fiscales ya activas.
La cifra fue confirmada por el Ministerio de Finanzas días antes de que opere el vencimiento de la primera cuota o cuota única. El esquema de pagos incluye la chance de cancelar el tributo también en tres cuotas, la primera en julio; la segunda, el 10 de septiembre, y la tercera, el 10 de noviembre.
En rigor, la cantidad de objetos inscriptos es ciertamente dinámica, por lo que -seguramente- a la fecha del pago del impuesto serán más de 10 mil los que deberán atender el requerimiento fiscal.
Se trata de una nueva obligación que, desde el punto de vista de los ingresos tributarios, no tendrá una incidencia clave.
No obstante, la Provincia justificó la inclusión con la necesidad de gravar objetos patrimoniales que hacen a la justicia tributaria y que, por otra parte, ya están alcanzados en otros niveles de Gobierno, por ejemplo, por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) como parte de Bienes Personales.
Los objetos alcanzados deberán tributar dos por ciento de la base imponible que, según se informó, es asimilable al valor del mercado del bien.
De acuerdo con datos elaborados por Finanzas, a partir del empadronamiento voluntario se registraron 2.149 embarcaciones, en su mayoría lanchas, que representan 20 por ciento de los objetos del padrón.

De ese total 2.089 estaban obligadas a inscribirse en Rentas. En tanto, 167 quedarían exentas del pago del tributo por las características de la embarcación.
Por otra parte, a partir del cruce de datos masivo con organismos nacionales y provinciales, entre ellos con AFIP, se logró registrar 8.436 embarcaciones pertenecientes a 7.778 contribuyentes.
Estas embarcaciones se inscribieron de oficio en Rentas y equivalen a 79 por ciento del padrón total.
De esas altas, 518 quedarán exentas también por las características de la embarcación.
Además, 97 entidades se inscribieron voluntariamente como agentes responsables en el régimen de información trimestral de embarcaciones.
De un total de 30 declaraciones juradas presentadas al mes de junio, se detectaron 153 nuevos sujetos con tenencia de embarcaciones radicadas en la provincia, quienes contarían con 125 embarcaciones obligadas al empadronamiento.
En tanto, un relevamiento posterior de Rentas detectó unos 200 sujetos más que, por la actividad que realizan, son pasibles a ser inscriptos de oficio como agentes de información de embarcaciones, lo que sumará en la detección de nuevos objetos a ser alcanzados por el impuesto.
Más allá de esa tarea, Rentas anticipó que se implementarán rastrillajes de otro tipo, por ejemplo, a partir de controles de Policía Caminera, que solicitará comprobante de inscripción a quienes transiten por las rutas de la provincia con arrastre de alguna embarcación. No se informó si también se exigirá comprobante de pago del tributo. Por lo demás, Rentas enviará los cedulones vía web, por lo que éste será el primer impuesto que debute íntegramente con notificaciones digitales.
En cuanto a la recaudación potencial, aún es una incógnita aunque desde el vamos se descuenta que no será un tributo clave para Rentas.

De hecho se estima que en el primer año podría sumar entre 10 millones y 20 millones de pesos.
La decisión de gravar esos bienes aparece incluida en el Capítulo VIII de la Ley Impositiva, referido al “Impuesto a las embarcaciones”.
Respecto a los bienes que estarán alcanzados, éstos se desprenden en función de los que estarán exentos.
Además de las embarcaciones de uso oficial y otras, en el artículo vinculado con “Exenciones. Objetivas” se precisa: “ Quedarán exentos del pago del impuesto (…) 1) Kayaks, canoas, botes a remo, hidropedales. 2) A motor (casco) cero (0) a cuatro (4) metros. 3) Motores 0 A 9,9 HP. 4) Veleros con motor hasta 9,9 HP”.

El tributo, en cifras

De los casi 10 mil objetos inscriptos, apenas 21% se anotó en el empadronamiento voluntario.

Se trata de 2.149 embarcaciones, 20 por ciento de las cuales está catalogado como lanchas.

En tanto, 8.436 barcos se empadronaron de oficio a partir del cruce de datos de Rentas con diferentes organismos.

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