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Caja: por el recálculo de Ganancias, alza de hasta $4.600 a 2.755 pasivos

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Es por un beneficio específico incluido en los cambios aplicados desde 2017 en el tributo y que, sin embargo, AFIP no habilitó sino hasta julio. Se trata de jubilados que no perciben otro ingreso y que tampoco tributan Bienes Personales, salvo vivienda única. Corresponde devolución retroactiva a enero

Un total de 2.755 pasivos de la Caja de Jubilaciones de la Provincia accedió al beneficio especial incluido en los cambios en el impuesto a las Ganancias que, por problemas del aplicativo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el organismo previsional cordobés recién activó en julio pasado. Esos beneficiarios recibieron mejoras en sus haberes de hasta 4.600 pesos, con un promedio de $3.000 mil.
Los datos a los que tuvo acceso Comercio y Justicia revelan así que menos de 10 por ciento del total del jubilados que tributan Ganancias realizó el trámite correspondiente para acceder al beneficio adicional.
El tema había generado múltiples consultas de pasivos interesados en recibir el beneficio.

Sucede que, a diferencia de otras deducciones, algunas incluso que se fueron aplicando a lo largo del primer semestre, en este caso la resolución del caso se demoraba por problemas de AFIP en activar el aplicativo Siradig para que el jubilado pudiera ingresar desde la web del organismo recaudador para cargar la información necesaria para obtener el beneficio.
Esto ocurrió recién en junio, por lo que la Caja y en realidad todos los organismos previsionales provinciales, comenzaron a rectificar las retenciones de Ganancias recién en el mes de julio pasado aunque con la obligación de calcular la nueva deducción con el retroactivo correspondiente al primero de enero.
Según datos informados a este medio por la Caja de Jubilaciones, de los alrededor de 30.500 beneficiarios que estuvieron alcanzados por el impuesto a las Ganancias en el mes de junio de 2017, sólo 1.775 presentaron la declaración jurada por aplicativo Siradig para que sea aplicada en la liquidación del mes de julio solicitando el beneficio de la deducción específica de seis haberes mínimos para jubilados y pensionados creada para el período fiscal 2017 por la Ley 27346.

En tanto, a la liquidación del mes de agosto se sumaron 980 nuevas declaraciones juradas.
De esta forma, a agosto se contabiliza un total de 2.755 contribuyentes alcanzados por el beneficio extra.
Todos los pasivos beneficiados registraron una disminución en el monto de la retención.
Incluso, en total y al día de la fecha, 795 de esos jubilados dejaron de pagar el tributo.
Quienes continúan alcanzados por el impuesto tuvieron una mejora de bolsillo que promedia tres mil pesos mensuales y llega hasta 4.600 pesos mensuales.

Esa disminución será mayor a partir de septiembre, en función del incremento de la jubilación mínima de la Nación, que es la que rige para el cálculo de la deducción especial.
A su vez, como la modificación es retroactiva a enero de 2017, quienes informaron que no tuvieron otros ingresos entre enero y agosto de 2017 y no pagaron impuesto a los Bienes Personales para el período 2016 tuvieron en la liquidación de julio o agosto pasado una devolución de impuesto a las ganancias que promedió un poco más de 12 mil pesos.
La Caja recordó que toma para la liquidación de cada mes las declaraciones juradas cargadas en el aplicativo Siradig de AFIP que ingresan hasta el día 15 de ese mismo mes.
Como agente de retención, la Caja calcula y retiene Ganancias a los beneficiarios, conforme la norma vigente que, para el ejercicio fiscal 2017, se rige por las modificaciones establecidas en la ley 27346, reglamentada por la resolución general de AFIP 4003/2017.

Para la liquidación de enero, el organismo tomó los cambios en los valores de la Deducción Especial y la Ganancia no Imponible, así como la actualización de los valores y parámetros de las Cargas de Familia. Al mismo tiempo, se adicionó a la ganancia del mes una “Doceava parte del Haber Neto mensual” como estimación del proporcional de aguinaldo y se aplicaron los nuevos valores de las escalas que determinan la alícuota a aplicar.
Adicionalmente, la ley 27346 creó dos nuevas deducciones que afectan el cálculo del impuesto.
Por un lado, la Deducción por Alquiler de Vivienda con destino de casa habitación, beneficio que se aplicó recién desde marzo pasado, una vez que AFIP adecuó el aplicativo Siradig para que esa prerrogativa pudiera ser declarada.
Sin embargo, el beneficio extra aludido y que generó la controversia, es la deducción específica equivalente a seis veces la suma de los haberes mínimos garantizados (definidos en el artículo 125 de la ley 24241 y sus modificatorias y complementarias), que reemplazaría la Deducción Especial y la Ganancia no Imponible, siempre que el valor resultante fuera mayor.
El texto de la norma reserva este derecho a los “contribuyentes que no perciban y/u obtengan ingresos de distinta naturaleza a los allí previstos y que no se encuentren obligados a tributar el impuesto sobre los Bienes Personales, excepto que surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única”.
De acuerdo a las presentaciones efectuadas de manera concreta hasta ahora en la Caja, menos del 10 por ciento de los pasivos acreditaron la condición exigida para acceder al beneficio extra.

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