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AFIP intima a 75 mil compradores de “dólar ahorro”

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Luego de descubrir “inconsistencias” en sus declaraciones juradas. Con ello, el ente recaudador busca desalentar la maniobra de compra en el mercado legal para su venta en el ilegal.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) envió notificaciones a 75 mil compradores del llamado “dólar ahorro”, al haber descubierto inconsistencias en sus declaraciones juradas.
Se trata de los contribuyentes que tienen ingresos superiores a $9.432 de bolsillo, situación que les permite acceder a cierta cantidad de dólares a cotización oficial más el adelanto del 35% que retiene la AFIP.
El mecanismo fue implementado con el fin de satisfacer la demanda de la divisa y de ese modo quitarle presión al dolar blue o ilegal.
Sin embargo, la operatoria implica para los ahorristas poner sus datos bajo la lupa del ente recaudador.

Lo cierto es que en el caso de muchos constribuyentes analizados por la AFIP, sus gastos con tarjeta de débito y crédito, tanto en Argentina como en el exterior, superaron en gran medida el monto declarado como ingresos. Además, en el cruce informático cotejaron gastos de colegio privado, expensas, patentes y seguros de automóvil, medicina prepaga, luz, gas y teléfono.
Lo que pretende el organismo es combatir la maniobra especulativa de comprar dólar en el mercado legal y venderlo en el ilegal, para quedarse con un spread o diferencia.
Según publica El Cronista, las fiscalizaciones electrónicas informan que “de acuerdo a los cruces sistémicos que la AFIP periódicamente realiza, se ha detectado prima facie que las operaciones realizadas por adquisición de moneda extranjera para tenencia resultan incompatibles con la situación fiscal”.

Luego, la AFIP pide que se responda un requerimiento fiscal electrónico a efectos de considerar la respuesta como justificación de las inconsistencias descubiertas. Hay que indicar si se ha recibido desde enero de 2013 a agosto de 2014 inclusive, ingresos (excepto remuneraciones) en concepto de herencia o donaciones, premios, regalos u obsequios, indemnizaciones, venta de bienes, préstamos y otros ingresos extraordinarios.
En cada caso, hay que presentar la documentación correspondiente e indicar el destino dado a la moneda extranjera con fines de tenencia: depósito en entidad financiera local, resguardo en caja de seguridad, resguardo personal, compra de bienes, reventa de moneda extranjera o cancelación de deudas.

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